
La profesora de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Talca, María Fernanda Vásquez, participó en el II Curso Interuniversitario Internacional, titulado “Nuevas Tecnologías, Inteligencia Artificial y Solución de Controversias”, el cual fue organizado por la Universidad de Alcalá de Henares en Madrid, España desde el 9 al 11 de abril.
En esta oportunidad, la profesora expuso el jueves 11 de abril respecto a los “Desafíos de las Nuevas Tecnologías en el arbitraje en América Latina”. Allí, abordó “la situación normativa del arbitraje comercial en Chile, distinguiendo la esfera nacional e internacional, para luego revisar las modificaciones que se han introducido en materia de avances en materia arbitral”, partió diciendo la académica.
Agregó que en este caso se debe “distinguir entre los cambios y mejoras tecnológicas de la inteligencia artificial, pues el primero reside en ciertos avances electrónicos, mientras que el segundo apunta a un cierto reemplazo o complemento, de algunas funciones ejercidas tradicionalmente por los árbitros”.
Sobre la problemática, señaló que “en la actualidad no contamos con una política o normativa que regule la inteligencia artificial en este ámbito. Existen, hasta hoy, cuatro iniciativas en discusión por el Congreso Nacional en materia penal (Boletín 15935-07; Boletín 16112-07; Boletín 16021-07) y general (Boletín 15869-19)”.
Indicó además que “adicionalmente, debemos considerar la existencia de normas de protección de datos personales, la ley Marco de Ciberseguridad, la ley de protección de neuroderechos, integridad mental y desarrollo de la investigación, entre otras”.
La profesora también explicó que “el Centro de Arbitraje de Mediación y Arbitraje desde hace bastantes años ha incorporado una serie de avances tecnológicos en la tramitación de los arbitrajes nacionales e internacionales. Por su parte, los Tribunales estatales también han introducido e implementado una serie de cambios en la tramitación de causas”.
Finalmente, manifestó que “en líneas generales, el uso de estas herramientas podría introducirse en el procedimiento arbitral, por ejemplo, las notificaciones a las partes; la realización de audiencias y notificaciones; el nombramiento de árbitros; la realización de la parte expositiva de la sentencia; etc”.
La académica concluyó que “difícilmente se podrá, por ahora, reemplazar la función de resolver. Frente a ello, debemos advertir que toda IA se alimenta de datos, por lo que esta definición es esencial para plantear probabilidades estadísticas confiables. En lo restante, se subraya la importancia de la Ciberseguridad en el arbitraje, y en el tema de la posible financiación de arbitraje por terceros”.
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